PRIMERO: DECLARA SIN LUGAR la apelación interpuesta en fecha 18 de enero de 1999 por el ciudadano Homero Edmundo Andrade Briceño, parte actora en este juicio, debidamente asistido por el abogado Críspulo Rafael Rodríguez Álvarez.
SEGUNDO: DECLARA SIN LUGAR la demanda intentada por el ciudadano Homero Edmundo Andrade Briceño contra el ciudadano Pablo Antonio Carrillo Calderón y contra la sociedad mercantil MINERAS LATINAS "MINERALCA" C.A., por nulidad de acta de asamblea.
TERCERO: Queda CONFIRMADA la sentencia dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira en fecha 21 de diciembre de 1998.
CUARTO: Conforme a lo establecido en los artículos 274 y 281 del Código de Procedimiento Civil, se condena en costas a la parte actora apelante.