"...CUARTO: Ambas partes solicitaron al Tribunal que se homologue el presente CONVENIMIENTO y se cumplieran las demás disposiciones legales. Se deja constancia que el ciudadano ROBINSON ROMERO VILLEGAR manifestó no saber firmar para lo cual pide que firme en su nombre la ciudadana MARTHA ISABEL LAGOS GUEVARA, venezolana, titular de la cédula de identidad N° V-14.418.314. Terminado los puntos del presente convenimiento, se le dio lectura del acta a las partes, quienes estando conformes firman".
En consecuencia, visto el CONVENIMIENTO celebrado entre las partes, este Juzgado Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. ¡e imparte la HOMOLOGACIÓN, de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y del Adolescentes. Asimismo, se acuerda PRIMERO: Librar oficio para el patrono del obligado, a los fines de ordenar el descuento de la nómina de sueldo de la cantidad acordada por las partes y entregar.....