V
DECISIÓN
En mérito de las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda de nulidad interpuesta por la sociedad mercantil Sociedad mercantil PEPSI-COLA VENEZUELA, C.A., contra el Instituto Nacional de Prevención Salud y Seguridad Laborales.
SEGUNDO: SE DECLARA LA NULIDAD de la Certificación médico ocupacional N° 2014/031, de fecha 16/05/2014, emanada del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laboral, Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores Táchira y Municipios Páez y Muñoz del Estado Apure, la cual declaró la discapacidad parcial permanente del trabajador Edward José Sayago Bautista, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 18.565.446.
Publíquese y regístrese. Expídase copia certificada de .....