PRIMERO: ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACIÓN presentada por la Fiscalía Decimoséptima del Ministerio Público, contra el adolescente (IDENTIDAD OMITIDAD ARTICULO 545 DE LOPNA); así como las pruebas promovidas por ser licitas, legales y pertinentes con los hechos controvertidos.
SEGUNDO: Declara Responsable Penalmente al adolescente acusado (IDENTIDAD OMITIDAD ARTICULO 545 DE LOPNA) por la comisión del delito comisión OCULTAMIENTO ILÍCITO DE SUSTANCIA ESTUPEFACIENTE Y PSICOTRÓPICAS, previsto en el artículo 31 de la Ley Orgánica sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, de conformidad con lo establecido en el artículo 528 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.
TERCERO: De conformidad con lo establecido en el artículo 583 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, impone al adolescente (IDENTIDAD OMITIDAD ARTICULO 545 DE LOPNA), la medida de PRIVACIÓN DE LIBERTAD, por el lapso de NUEVE (09) MESES y en forma consecutiva la medida de.....