Oídas como han sido las declaraciones de los testigos, ciudadanas NEYDA LUISA CEBALLOS CASTRO y HELENA ALEXANDRA MARCIANI GUEVARA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos 9.229.542 y 14.099.980 y en su orden, quienes declararon afirmativamente al interrogatorio a que fueron sometidos. Y visto el escrito presentado por la ciudadana MARIA DEL CARMEN SANGUINO DE LOPEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 5.542.418, asistida por la abogada NAHIR BARRERA ORTIZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 90.880, en el cual expone que el día 10 de abril de 1992, falleció quien fuera su progenitora MARIA RUMELIA GUERRERO DE SANGUINO, quien era titular de la cédula de identidad No. 3.430.911, según certificación expedida por la Dra. Gladys Labrador, tal y como se evidencia del Acta de Defunción Nº 40, expedida por el Registrador Civil de la Parroquia Pedro María Morantes, Municipio San Cristóbal del Distrit.....