acordó revisar la sentencia dictada por el Juzgado Cuarto de Juicio Circunscripcional de fecha 28/02/2011, mediante la cual condenó al ciudadano FRANCISCO ANTONIO REYES CARDONA,, titular de la cédula de identidad N° V-22.258.826 a cumplir la pena de QUINCE (15) AÑOS DE PRISION y, en su lugar se rebaja la misma DIEZ (10) AÑOS DE PRISION, por la comisión del delito de TRÁFICO EN MODALIDAD DE TRANSPORTE ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el encabezamiento del artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas, todo ello de conformidad con lo establecido en el numeral 6to del artículo 462 en relación con la parte infine del artículo 467, ambos del Código Orgánico Procesal Penal. De la misma manera deberá cumplir con las accesorias contempladas en el artículo 16 numeral 1 del Código Penal, referida a la inhabilitación política durante el tiempo de la condena y la contenida en el articulo 178 numeral 4 de la Ley Orgánica de Drogas, que implica la confisc.....