este Tribunal, considerando que la mediación ha sido positiva, da por concluido el proceso de la ciudadana MARBELLA DESIREE HERNÀNDEZ DE HERNÀNDEZ, y por cuanto el mismo no infringe derechos irrenunciables de los trabajadores, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Se procede con el PUNTO 4) referido a la revisión de lo demandado por el ciudadano FREDDY ALBERTO CARLOSAMA PEREIRA a efectos de considerar acuerdo de mediación. Sobre este punto ambas partes solicitan prolongar la audiencia a efectos de continuar promoviendo la mediación. Ante lo expuesto, el tribunal procede a prolongar la audiencia para el día jueves (03) de octubre de 2024, a las diez de la mañana (10:00 am). Ambas partes solicitan copia en original certificada de la presente acta, siendfo acordado por el tribunal. Es todo. Se terminó, se leyó y conforme firman.-
La Juez,
Abog. Egle C. Serrano L. La Secretaria
Apoderados de la Parte demandante
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