En orden a las anteriores consideraciones, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: DECLARA SIN LUGAR la apelación interpuesta por el abogado José Rufo Contreras, apoderado judicial de los ciudadanos Salvua del Mar Contreras, Héctor Selman Contreras y Loran José Contreras, parte codemandada en el juicio principal y denunciante por fraude procesal, mediante el escrito de fecha 02 de mayo de 2014.
SEGUNDO: CONFIRMA el auto de fecha 25 de abril de 2014 dictado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, objeto de apelación, transcrito en la parte motiva de la presente decisión.
TERCERO: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil, condena e.....