El Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Bancario y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declaró:PRIMERO: SIN LUGAR LA APELACIÓN interpuesta en fecha 16 de octubre de 2006 por la abogado Maria Alejandra Quintero, con el carácter de autos, contra la sentencia dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial, en fecha 13 de octubre de 2006.
SEGUNDO: SE CONFIRMA EL FALLO DEL A QUO dictado en fecha 13 de octubre de 2006.
TERCERO: Conforme al artículo 281 del Código de Procedimiento Civil se condena en costas del recurso a la parte apelante por haber sido confirmado el fallo apelado.
Queda así CONFIRMADO el fallo apelado.