este Juzgado Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley conforme a los artículo 2 y 26 Constitucional y 12 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA JUDICIALMENTE RECONOCIDO POR PARTE de los ciudadanos LARRY TIRADO CORTES y CARMEN ALICIA MEDINA DE TIRADO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros V-16.230.861 y V-6.450.035, EL CONTENIDO Y LA FIRMA DEL DOCUMENTO PRIVADO, que aparece inserto al folios 3 del expediente