Por los razonamientos expuestos, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
ÚNICO: La PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en el presente juicio, instaurado por la ciudadana MARIA ROSA BENILDA FONSECA ACEVEDO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-26.767.397 y domiciliada en el Municipio Independencia del Estado Táchira, contra el ciudadano JOAQUIN PÉREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V.-8.099.239 y domiciliado en el Municipio Independencia del estado Táchira; por REVISIÓN DE LA OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN; en consecuencia, EXTINGUIDO el proceso