UNICO: REVISA Y MANTIENE CON TODOS SUS EFECTOS LA MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, decretada por el Juzgado de Control de este Circuito Judicial Penal, en fecha 10 de Mayo de 2012, sobre el acusado EDWIN ALEXANDER CORONEL JAIMES, plenamente identificado en autos, mediante la cual solicita el Examen y Revisión de la Medida Cautelar de Privación Judicial Preventiva de Libertad, que le fuera impuesta a su defendido en fecha 10 de Mayo de 2012, por la presunta comisión del delito de TRAFICO ILICITO EN LA MODALIDAD DE OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el articulo 149, segundo aparte, en perjuicio del Estado Venezolano y de la Colectividad. Todo de conformidad con lo establecido en los artículos 250 y 251 del Código Orgánico Procesal Penal. Y así se decide.
Notifíquese a las partes y trasládese al acusado de autos para imponerlo personalmente de lo aquí decidido.