"...PRIMERO: El ciudadano DEIBY RAMON GUERRERO CABALLERO, manifestó que dará por concepto de OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN a favor de sus hijos, la cantidad de DOS MIL CUATROCIENTOS BOLÍVARES (Bs. 2.400,oo) mensuales, a favor de sus 4 hijos y el bebé que está en gestación todo ello de la siguiente manera: Bs. 800,oo en efectivo en 2 cuotas quincenales de Bs. 400,oo depositados en la cuenta de ahorros que este tribunal ordene aperturar y Bs. 1600,oo en cesta tickets al final del mes cuando se lo entreguen. Así mismo se comprometió a colaborar con el 50% de los gastos médicos, escolares y de diciembre. SEGUNDO: La ciudadana ISMELDA SILVA MEDINA, manifiesta en este acto que acepta en todas y cada una de sus partes el ofrecimiento hecho por el ciudadano DEIBY RAMON GUERRERO CABALLERO...".
En consecuencia, visto el CONVENIMIENTO celebrado entre las partes, este Juzgado ..."