PRIMERO: CALIFICA LA FLAGRANCIA en la aprehensión del imputado JUAN GABRIEL ORTIZ RÍOS, de nacionalidad colombiana, natural de Santa Bárbara de Pinto, Departamento del Magdalena, República de Colombia, de 21 años de edad, nacido el día 18-03-1983, de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, hijo de Juan de la Cruz Ortiz Moreno (v) y Amalia Rosa Ríos Acosta(v), titular de la cédula de ciudadanía N° C.C. 85.040.884, residenciado en la calle 1 entre carreras 15 y 16, N° 2-25, La Fría, Municipio García de Hevia, Estado Táchira, teléfono 0277-5411663, por el delito de FALSA ATESTACIÓN ANTE FUNCIONARIO PUBLICO, previsto y sancionado en el artículo 321 del Código Penal, en perjuicio de la Fe Pública, por estar satisfechos los extremos del artículo 44 ordinal 1º de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal.-
SEGUNDO: Ordena la prosecución de la presente causa, por los trámites del PROCEDIMIENTO ORDINARIO, conforme lo .....