PRIMERO: La presente Querella interpuesta por el ciudadano GERARDO TOMAS OCHOA MORANTES contra los ciudadanos: AGUEDA CECILIA LEAL CARRILLO, GERARDO TOMAS OCHOA LEAL y ANGÉLICA YGIMAR OCHOA LEAL, ya identificados, quien alega en su escrito libelar que los referidos ciudadanos invadieron y ocuparon el presente inmueble de su propiedad mediante arbitrariedad y violencia, despojándolo en su posesión y cambiando cerraduras y candado impidiendo de esa manera ingresar al inmueble en referencia; ahora bien, causa extrañeza a esta Juzgadora y no pueden pasar desapercibido el hecho de que los Querellados sean la ex cónyuge é hijos del Querellante según lo manifestado en el referido escrito interdictal y confirmado en este acto por los Querellados aquí presentes, quienes exhibieron a este Tribunal su respectiva partida de nacimiento, aunado a ello observa este Tribunal en el inmueble , sobre las mesas fotografías familiares tanto del Querellante como de los Querellados; lo que pareciera.....