DECLARA PROCEDENTE, el pedimento formulado por la ciudadana CARMEN ADELA GUARINO DE AVELLANEDA, al considerarse que en el Acta de Matrimonio No.07, de fecha 12 de abril de 1.984, expedida por el Juzgado Segundo de Municipios Urbanos de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, hoy Juzgado Segundo de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, aparece error material consistente en omisión del segundo nombre de la madre de la contrayente al indicarse en el Acta de Matrimonio No. 07, como "CARMEN" siendo lo correcto "CARMEN ELISA".