PRIMERO: SE ADMITE totalmente LA ACUSACIÓN y LAS PRUEBAS promovidas en contra de los imputados FRANKLIN MONCADA, RODMY ANTONIO MANTILLA ESPINOZA, MIGUEL ÁNGEL GÁMEZ RUIZ, por la comisión del delito de CORRUPCIÓN PROPIA, previsto y sancionado en el artículo 67 de la Ley Orgánica de Salvaguarda de Patrimonio Público y en contra del imputado MIGUEL ÁNGEL GÁMEZ RUIZ, por la presunta comisión del delito de FALSO TESTIMONIO, previsto y sancionado en el artículo 243 del Código Penal; cometido en las circunstancias de tiempo, modo y lugar establecidos en la Resolución Acusatoria y en la exposición realizada por la Fiscal del Ministerio Público, de conformidad con lo establecido en el artículo 330 del Código Orgánico Procesal Penal.-----------------
SEGUNDO: Admitida la acusación contra los imputados FRANKLIN MONCADA, RODMY ANTONIO MANTILLA ESPINOZA, MIGUEL ÁNGEL GÁMEZ RUIZ, lo que le confiere certeza a los hechos imputados, aceptados los hechos y solicitada la imposición inmediata de la pen.....