El Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Bancario y de Protección del Niño y del Adolescente, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declaró: 1º SIN LUGAR LA SOLICITUD DE REGULACIÓN DE COMPETENCIA formulada por la Abogada SOLANGEL ARIAS DURÁN, Defensora Pública de Protección del Niño y del Adolescente en fecha 07 de febrero de 2006. 2º COMPETENTE al Juez Unipersonal N° 1 de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, para que continúe conociendo y decida la acción mero declarativa de unión concubinaria solicitada por la ciudadana CELSA MARÍA SANGUINO PABÓN. De conformidad con lo establecido en el artículo 75 del Código de Procedimiento Civil, comunícar mediante oficio al Tribunal donde se suscitó la regulación de competencia, remitiéndole copia certificada de la presente decisión.