Por lo antes expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio N° 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley: NIEGA LA CESACIÓN DE LA MEDIDA DE COERCIÓN PERSONAL Y MANTIENE LA MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, al acusado CORREA CARLOS AUGUSTO, identificado en autos, conforme a lo establecido en el artículo 244 del Código Orgánico Procesal Penal.