DISPOSITIVA
Es por todo lo anteriormente expuesto y con fundamento en las disposiciones legales señaladas, esta JUEZ UNIPERSONAL N° 3 de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la ley decide:
DECLARA
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la presente solicitud de FIJACION DE OBLIGACIÓN ALIMENTARIA, incoada por la ciudadana URVANA JOSEFINA CEDEÑO ROJAS, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V.-8.951.025 en beneficio de la adolescente (NOMBRE OMITIDO POR DISPOSICION DEL ARTICULO 65 DE LA LOPNA), por lo tanto el ciudadano FIDEL QUINTERO MONSALVE, venezolano, titular de la cedula Nº V.- 5.656.729, deberá cancelar la suma de CIENTO SESENTA MIL BOLIVARES (160.000,00) mensuales, por concepto de Obligación Alimentaría, así como el 50% de los gastos médicos, los cuales la parte demandante deberá avalar con lo.....