Visto el contenido del escrito presentado en fecha 19/02/2014, suscrito por la parte demandante, ciudadano JOSE GREGORIO CHINOSME NAVARRO, venezolano, mayor de edad, abogado, de este domicilio e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 58.916, quien actúa por sus propios derechos, por una parte y por la otra, la parte demandada, ciudadana MARIA FELISA GALVIS TORRES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 4.211.519 y de este domicilio, asistida del abogado JOSE GREGORIO BLANCO VERA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 35.310, en el que deciden poner fin al presente juicio mediante TRANSACCIÓN; por cuanto se observa que dicho acto no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, l.....