...Teniendo la Obligación de Manutención el Carácter de Crédito Privilegiado, a tenor de lo que instituye el Artículo 379 de la LOPNA, e insistiendo este Juzgador al identificado Dador Alimentario, que las cantidades indicadas en el Acta de la Audiencia de Conciliación no fueron impuestas por el Jurisdicente, sino que son el producto del Acuerdo entre las Partes a lo cual previa disertación de sus términos firmaron en conformidad; y que en caso de no conciliar la causa hubiese seguido su curso, llegando a sentencia de fondo contra la cual pudiese haber recurrido; haciéndole saber de igual modo al ciudadano actuante que el Operador de Justicia decide con base a lo que consta en las actas que constituyen el expediente, conforme a lo alegado y probado, ateniéndose a las normas del derecho; resulta forzoso para este Tribunal de Municipio, actuando en sede de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, sobre la base de lo establecido en los Artículos 26, 49, 76 y 78 de la Constitución Nacio.....