Por cuanto la parte demandada pagó en el acto la cantidad de Seis Mil Seiscientos Sesenta y Cinco Bolívares (Bs. 6.665.00) a la parte ejecutanto, esta se da por satisfecha y conforme en el pago de la obligación demandada. Este Tribunal en consecuencia y a solicitud de la parte actora suspende la ejecución y acuerda remitir sin cumplir la comisión al Tribunal Comitente.