Conforme a lo expuesto, resulta forzoso para quien decide declarar inadmisible la demanda interpuesta por la ciudadana María Eugenia Pulido, actuando como mandataria general del ciudadano Reynaldo Serrano Pulido contra los ciudadanos Blanca Nieves Serrano Martínez, Carmen Alicia Serrano Álvarez, Elcida Del Carmen Serrano Álvarez, Ana Ramona Romero de Serrano, Alejandro José Serrano Romero y Aura Isabel Serrano Romero, por haber incurrido la precitada ciudadana María Eugenia Pulido, en una manifiesta falta de representación, en razón, de no ser abogado y en tal virtud no ostenta la capacidad de postulación atribuida a todo profesional del derecho a tenor de lo dispuesto en los Artículos 166 del Código de Procedimiento Civil y 4 de la Ley de Abogados. Así se decide.