EL Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declaró: RIMERO: CON LUGAR la apelación propuesta en fecha veintitrés (23) de noviembre de 2011, por la apoderada de la parte demandante, abogada Astrid Esperanza Duarte Vergara, contra el auto de fecha diecisiete (17) de noviembre de 2011, dictado por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial. SEGUNDO: SE REVOCA el auto de fecha diecisiete (17) de noviembre de 2011, dictado por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial.
TERCERO: SE REPONE LA CAUSA al estado en que se inicie el lapso de promoción de pruebas. En consecuencia, se declara la NULIDAD de todo lo actuado a partir del auto revocado de fecha diecisiete (17) de noviembre de 2011, dictado por el Juzgado Cuarto de Pri.....