Expuestos los anteriores razonamientos, este JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando Justicia, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara:
PRIMERO: SIN LUGAR EL RECURSO DE APELACION ejercido por la representación judicial de la parte demandada y terceros en la causa.
SEGUNDO: SIN LUGAR LA TERCERIA interpuesta por los ciudadanos GINA DE LA CRUZ CONTRERAS Y JEMSI JOHAN FORERO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-5.020.560 y V-18.391.111, respectivamente.
TERCERO: SE CONFIRMA LA DECISIÓN proferida por el Tribunal Quinto de Municipios Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal y Torbes del Estado Táchira, de fecha 12 de diciembre de 2.017.
CUARTO: CON LUGAR, la demanda de DESALOJO, interpuesta por el ciudadano NEPTALI BAUTISTA SIERRA, venezolano, mayor de edad, casado, titular.....