Primero: Declara con lugar la apelación interpuesta por los agraviados, asistidos de abogado.
Segundo: Declara inadmisible la acción de amparo constitucional, interpuesta por Ángel Aquino Morales Zabala y Pedro Javier Morales Zabala, contra Vicente Gregorio Morales Hevia y José Ignacio Vegas Morales, ya identificados.
Tercero: Queda Revocada la decisión apelada, dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial, en fecha 20 de mayo de 2005.
Cuarto: Remítase con oficio copia fotostática certificada de la presente decisión a la Fiscalía Superior del Ministerio Público y al Tribunal Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial.