PRIMERO: DECLARA CON LUGAR la apelación interpuesta por la representación judicial de la ciudadana Eyra Maritza Peñaloza Burgos, mediante diligencia de fecha 23 de mayo de 2006.
SEGUNDO: DECLARA CON LUGAR la demanda por obligación alimentaria incoada por la ciudadana Eyra Maritza Peñaloza Burgos en contra del ciudadano Frank Alexander Silva García, en beneficio de los niños (Se omiten los nombres por disposición expresa de la Ley), fijando la referida obligación alimentaria en la cantidad de setecientos mil bolívares (Bs. 700.000,00) mensuales, más una suma igual adicional en los meses de septiembre y diciembre para gastos escolares y navideños, respectivamente.
TERCERO: Queda MODIFICADA la decisión apelada dictada por la Juez Unipersonal Temporal Nº 3 de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en fecha 15 de mayo de 2006.