1.- Con lugar la solicitud de interdicción formulada por la ciudadana YOLANDA BARON DE LOAIZA a favor de su hermano JUAN ALBERTO JARA VARON, tal como se hará en forma expresa positiva y precisa en el dispositivo del fallo.
Por los razonamientos expuestos y en aplicación de la doctrina legal antes transcrita, este Juzgado Superior Primero Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo, de Protección del Niño y Adolescente y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley CONFIRMA LA DECISIÓN CONSULTADA, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial, en fecha 02 de junio de 2011 que declaró con lugar y decretó la interdicción definitiva del ciudadano JUAN ALBERTO JARA VARON, solicitada por su hermana ciudadana YOLANDA BARON DE LOAIZA, ambos suficientemente identificados.