Por los razonamientos antes expuestos, es por lo que este Juez Cuarto de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, AUTORIZA AMPLIA Y SUFICIENTEMENTE AL ADOLESCENTE (se omite su nombre, conforme a la sentencia con carácter vinculante dictada en el Expediente N° 13-0318, de fecha 12 de noviembre del 2013, por la sala constitucional del Tribunal Supremo de Justicia.), para que viaje vía terrestre en compañía de su progenitora la ciudadana RUT ESTHER MORENO GUZMAN, venezolana, titular de la cedula de identidad N°V 17.160.180, a Colombia el día 14 de julio de 2016 y el día 11 de septiembre de 2016 a la ciudad de LOJA – ECUADOR vía terrestre , con retorno el día 01 de noviembre del 2016ntréguense al interesado estas actuaciones y déjese en su lugar copia certificada para.....