Por lo anteriormente expuesto, esta Jueza Unipersonal No.3 de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, AUTORIZA a la ciudadana DORIS MARINA VANEGAS DE BECERRA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No.V-5.326.518, para que en nombre y representación de su hija (NOMBRES OMITIDOS POR DISPOSICION DEL ARTICULO DE LA LOPNA), venezolana, de doce años de edad, identificada con Partida de Nacimiento N° 143 de fecha 09 de mayo de 1995, expedida por la Prefectura Civil del Municipio Libertad Estado Táchira, proceda a HIPOTECAR a favor del IPASME un inmueble consistente en un lote de terreno propio y las respectivas mejoras consistentes en una casa para habitación con todos los servicios, ubicadas en la calle 5 con carreras 4 y 5 N° 109, Libertad Capacho, Estado Táchira y alinderado y medido a.....