este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL NUMERO UNO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECIDE:
PRIMERO: ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACIÓN FISCAL, presentada por la Fiscalía III del Ministerio Público, en contra del ciudadano DAVID ANTONIO CASTRO GUTIÉRREZ por la comisión del delito de Hurto Calificado, previsto y sancionado en el artículo 453, numeral 1 del Código Penal, en perjuicio de los ciudadanos Víctor Alfonso Prato De León y Angel Daniel Vargas Besson, por cuanto la misma cumple a cabalidad con los requisitos exigidos por el artículo 326 del Código Orgánico Procesal Penal