este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA LAS PRESENTES DILIGENCIAS BASTANTES Y SUFICIENTES, para asegurarle a la ciudadana BETTY MARLENE ACEVEDO QUIROZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 5.658.587, domiciliada en la Parroquia Dr. Alberto Adriani, Municipio Fernández Feo, Estado Táchira y hábil, el carácter de ÚNICA Y UNIVERSAL HEREDERA del fallecido ciudadano JUAN CARLOS ACEVEDO, quién era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad N° V- 9.148.200, en su carácter de madre del referido ciudadano. Por aplicación analógica del artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, se deja a salvo todo derecho de terceros. Déjese copia certificada de estas actuaciones para el archivo del Tribunal y devuélvanse originales de las mismas a la parte interesada a los fines legales consiguientes. Cuando la solicitante consigne las copias fotostáticas se certificaran la.....