En virtud de lo antes expuesto, este Juzgado de Primera Instancia en Función de Ejecución de la Sección de Adolescentes del Tribunal Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide:
Primero: Decreta el Ejecútese del la sanción impuesta, al adolescente joven adulto IDENTIDAD OMITIDA ARTICULO 545 DE LA LOPNA; mediante la cual le fue sustituida la medida de Semilibertad que cumple en dicho Estado; por las medidas de LIBERTAD ASISTIDA HASTA EL 26 DE NOVIEMBRE DEL 2.008, y, simultáneamente REGLAS DE CONDUCTA HASTA EL 26 DE NOVIEMBRE DEL 2.009; por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE FRUSTRACIÓN, HOMICIDIO INTENCIONAL SIMPLE EN GRADO DE FRUSTRACIÓN, previstos en los artículo 458, 405, 277 y 218 del Código Penal respectivamente; en perjuicio de J.A.R., EL ORDEN PÚBLICO Y LA COSA PÚBLICA; este Tribunal decreta el ejecútese de la sanción impuesta, de conformidad con lo establecido e.....