por autoridad de la Ley, DECLARA:
ÚNICO: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en el presente juicio, que por DESALOJO, ha instaurado el ciudadano JOSÉ DE JESÚS PINTO BERBESI, venezolano, casado, titular de la cédula de identidad N° V-3.197.833 y de este domicilio, en su carácter de ARRENDADOR, en contra de los ciudadanos MARCO ANTONIO PABÓN CAMARGO y FRANCIS DESIREE CASTILLO LEÓN, venezolano, solteros, titulares de las cédulas de identidad números V-12.760.297 y V-14.783.058 y de este domicilio en su carácter de ARRENDATARIOS respectivamente y a la ciudadana GLADIS CAMARGO DE CARRILLO, venezolana, casada, titular de la cédula de identidad N° 10.190.182 y de este domicilio, en su carácter de FIADORA. En consecuencia, EXTINGUIDO el proceso.