Por los razonamientos ya expuestos, este Juzgado Primero de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR, la acción de DESALOJO, interpuesta por la ciudadana LIBIA SUÁREZ DE PEÑALOZA, contra las ciudadanas CARMEN CECILIA OSORIO GONZÁLEZ y CARMEN MIRIAM USECHE, todas ampliamente identificadas en esta Sentencia, en consecuencia, DECLARA RESUELTO el Contrato Arrendamiento autenticado por ante la Notaría Pública Tercera de San Cristóbal, en fecha 15 de enero de 2005, bajo el N° 60, Tomo 3 de los libros respectivos, en tal virtud, CONDENA a la demandada en lo siguiente:
PRIMERO: DESALOJAR inmueble signado con el N° 10-50, situado en la Avenida 9, de la ciudad de Rubio, Estado Táchira, y hacer entrega del mismo a la demandante, en el mismo estado en que lo recibió.
SEGUNDO: PAGAR la suma de UN MILLÓN QUIN.....