PRIMERO: SIN LUGAR, la recusación interpuesta por la ciudadana MARÍA DE LA PAZ PEREIRA, contra la Juez del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, REINA MAYLENI SUÁREZ SALAS.
SEGUNDO: Remítase con oficio, copia certificada de la presente decisión al Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira y a los demás Tribunales de la misma categoría.
TERCERO: Se impone al recusante, una multa de dos mil bolívares (Bs.2.000), de conformidad con lo establecido en el artículo 98 del Código de Procedimiento Civil, cuya ejecución queda a cargo del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, quien actuará como Agente del Fisco Nacional, para su ingreso en la Tesorería Nacional.