En consecuencia, este Juzgado Superior Primero Civil, Mercantil, del Tránsito, Bancario y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de casación anunciado, por la abogada Dalia Yaleitza Carrero en fechas 2 y 7 de noviembre de 2011.