Visto lo expuesto por las partes, este Tribunal ordena que sea agregado a la presente comisión todos los recaudos consignados por las mismas y se le dé la foliatura correspondiente. Ahora bien, visto el informe dado por el Perito Experto y tomando en cuenta que no se corresponden los linderos y medidas del inmueble objeto de la medida por su parte Oeste y visto que el inmueble por el Norte tiene unas medidas de 176,90 metros (el inmueble señalado por el Apoderado Judicial de la parte actora) y lo ordenado por el Tribunal de la causa en el despacho comisorio, indica que el Norte o frente tiene una medida de 70 metros, sin indicarle a este Tribunal Ejecutor si dicha medición debe iniciarse desde el lindero Este o del Oeste, observando este Tribunal Ejecutor que si tomamos en cuenta 70 metros de frente contados desde el lindero Oeste, alcanzaría aproximadamente la mitad del portón principal que da acceso al interior del inmueble. Con respecto al lindero Oeste y Sur, el despacho comisorio.....