Razón por la cual ESTE JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR el Aumento de Pensión de Alimentos solicitado por la Ciudadana: JUDITH NUÑEZ, por parte del Ciudadano: ULISES FRANCISCO LUCENA CARRERO.
SEGUNDO: Se fija un aumento de obligación alimentaria en la cantidad de la cantidad de TREINTA MIL BOLIVARES (Bs. 30.000,00) fuera de los CIENTO VEINTE MIL BOLIVARES (Bs. 120.000,00) que tenia fijados para un total de CIENTO CINCUENTA MIL BOLIVARES (Bs. 150.000,00) mensuales, en cuanto a las cuotas extraordinarias para los meses de Julio y Diciembre se incrementa en la cantidad de CIEN MIL BOLIVARES (Bs. 100.000,00) fuera de los DOSCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 200.000,00) que tenia fijados para un total de TRESCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 300.000,00), para los meses señalados, aportes estos fuera de la c.....