APRUEBA LA CONCILIACIÓN celebrada en esta audiencia entre el imputado adolescente IDENTIDAD OMITIDA Art.65 LOPNA, y la victima BELKIS ALEXANDRA LOPEZ PULIDO, el cual deberá cumplirse con las condiciones pactadas entre las partes, a saber: 1.- Pedir sinceras disculpas a la victima la cual fue debidamente materializada en el acto. 2.-Someterse el adolescente IDENTIDAD OMITIDA Art.65 LOPNA a charlas de Orientación de conducta por el lapso de DOS (02) MESES. Hasta tanto no se cumpla con las obligaciones aquí pactadas se suspende el proceso a prueba por el lapso de DOS (02) MESES contados a partir de la primera cita la cual es el 23 de Febrero de 2007. Advirtiendo a la misma, que en caso de incumplimiento de la obligación pactada se seguirá el proceso en el estado de celebrar nuevamente la audiencia preliminar, asimismo deberá participar a la Fiscal del Ministerio Público, cualquier cambio de residencia, domicilio, lugar de trabajo o institución educacional, todo de conformidad con .....