es por lo que este JUEZ UNIPERSONAL N° 1 DE LA SALA DE JUICIO DEL TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, conforme a lo previsto en el artículo 267 del Código Civil, concede AUTORIZACIÓN JUDICIAL amplia y suficiente al ciudadano JOSE RAMON MANRIQUE HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 5.740.153, para que en nombre y representación de su hijo el adolescente -----------------, , tramite por ante el MINISTERIO DE EDUCACIÓN CULTURA Y DEPORTE así como cualquier otro Organismo Público o Privado, la cuota parte que le corresponde del mencionado adolescente por concepto de Prestaciones Sociales, seguro de vida, retiro de dinero de cuentas bancarias, Caja de Ahorros, Pensión de Sobreviviente y cualquier otro beneficio por el fallecimiento de su progenitora la ciudadana DARQUIS MARIA GUTIERREZ.....