PRIMERO: SE DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por DESALOJO, interpuesta por la ciudadana LUCIA ESTELA PEÑA DE CHINOSME a través de su apoderado judicial Abogado JOSE GREGORIO CHINOSME NAVARRO, contra el ciudadano HECTOR ARMANDO MONSALVE ROMERO representado en principio por el Defensor Ad-Litem Abogado AMILCAR QUINTERO ROMERO.
SEGUNDO: SE DECLARA CON LUGAR EL DESALOJO del inmueble demandado por la ciudadana LUCIA ESTELA PEÑA DE CHINOSME, contra el ciudadano HECTOR ARMANDO MONSALVE ROMERO.
TERCERO: SE CONDENA a la parte demandada HECTOR ARMANDO MONSALVE ROMERO a entregar a la demandante LUCIA ESTELA PEÑA DE CHINOSME, el inmueble que ocupa como arrendatario y consistente en un local para el comercio con un baño y sus accesorios y demás servicios que le son propios, que forma parte del inmueble signado con el No. 15-71, Barrio San Carlos, calle 14 entre carreras 15 y 16, Parroquia Pedro María Morantes, Municipio San Cristóbal del Estado Táchira.
CUARTO: SE DECLARA SIN LUGAR el p.....