Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado de los Municipios Cárdenas, Guásimos y Andrés Bello de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECIDE:
PRIMERO: Declara Con Lugar la Demanda que por cumplimiento de Contrato de Arrendamiento intentó la ciudadana ALBA JAIMES JAIMES, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No.V-5.022.272, domiciliada en Patiecitos, Municipio Guásimos, Estado Táchira y hábil, asistida por la Abogada en ejercicio NEREIDA COROMOTO CASTILLO SUAREZ, titular de la Cédula de Identidad No.V-9.220.982 e inscrita en el Inpreabogado bajo el No.86.756, contra la ciudadana LIBIA CECILIA PERDOMO CUELLAR, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No.V-22.676.599, domiciliada en La Victoria, Municipio Guásimos, Estado Táchira y hábil.-
SEGUNDO: Se Condena a la Parte Demandada a entregar a la Parte Demandante el inmueble ar.....