esta Jueza Unipersonal Nro. 01 de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA CON LUGAR la demanda de RECONOCIMIENTO DE COMUNIDAD CONCUBINARIA incoado por la ciudadana MARGARITA FLOREZ RICO plenamente identificada, en contra de los niños los niños GABRIEL EDUARDO y GABRIELA ALEJANDRA RAMIREZ FLOREZ representados por la Defensora Pública para el Sistema de Protección del Niño y del Adolescente; la adolescente CLAUDIA DANIELA RAMIREZ RODRIGUEZ, representada por su progenitora BLANCA NIEVES RODRIGUEZ RAMIREZ. Por otra parte, la ciudadana LUZ MARINA RAMIREZ TORREALBA identificados anteriormente. En consecuencia, se reconoce la existencia de la Comunidad Concubinaria entre los ciudadanos PEDRO RAMIREZ RAMIREZ (fallecido) y la ciudadana MARGARITA FLOREZ RICO, durante el lapso comprendido desde el mes de Ag.....