este JUZGADO SEXTO DE PRI-MERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL, DEL CIRCUITO JUDI-CIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, decide: PRIMERO: Admite totalmente la acusación presentada por la Fiscalía Vigésima Tercera del Ministerio Público de la Circunscrip-ción Judicial del Estado Táchira, en su carácter de Fiscal la abogada Yuly Jemaive Osorio Andara, contra el ciudadano: RIOS OROZCO HECTOR JOSE, por la pre-sunta comisión del delito de TRAFICO EN LA MODALIDAD DE TRANS-PORTE DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICÓTROPICAS previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Con-sumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio del Estado Venezo-lano, conforme lo previsto en los artículos 326 y 330 numeral 2 del Código Orgáni-co Procesal Penal. SEGUNDO: Se ADMITEN TOTALMENTE LAS PRUEBAS promovidas por la Fiscalía Vigésimo Tercera del Minist.....