ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL No. 5 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
ÚNICO: Se levanta la Medida de Coerción personal impuesta al ciudadano CHACON MENDEZ GUSTAVO, de nacionalidad Venezolana, titular de la cedula de Identidad Nº V.-4.976.419, nacido en fecha 27-05-1954, de 47 años de edad, de estado civil Soltero, de ocupación u oficio ganadero, domiciliado en el Barrio Las Delicias, calle 1, con carrera 16,, casa N° 16-03, La Fria, Estado Táchira, por la comisión del delito de HOMICIDIO CULPOSO, USO INDEBIDO DE ARMA DE FUEGO, APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DE DELITO, previstos y sancionados en los artículos 411, 282 y 472 del Código Penal vigente para el momento de los hechos, en perjuicio del occiso Segnini Castellanos Cesar, y en consecuencia se DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la causa a favor de los mismos, por haberse cumplido el término de vig.....