PRIMERO: CALIFICA LA FLAGRANCIA, en la aprehensión del ciudadano, LUIS HUMBERTO JAIMES HERNANDEZ de nacionalidad venezolana, titular de la cedula de identidad N° V- 14.974.887 mayor de edad, natural de San Antonio Estado Táchira , nacido en fecha 10 de Diciembre de 1.982, de 30 años de edad, soltero, de profesión u oficio Agricultor, hijo de Ramón Jaimes (f), y de Doray Hernández (f), residenciado en la petrolea en la finca la unión a providencia, teléfono 0276-954.9875 Rubio del Táchira a quien el Ministerio Público le atribuye la presunta comisión del delito de PORTE ILÍCITO DE ARMA DE GUERRA, previsto y sancionado en el Artículo 274 del Código Penal, en concordancia con el artículo 9 de la Ley de Armas y Explosivos, por encontrarse llenos los extremos del articulo 234 del Código Organico Procesal Penal
SEGUNDO: Se Ordena la prosecución del proceso por los trámites del PROCEDIMIENTO ORDINARIO, de conformidad con el artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal, ordenándo.....