Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara:
PRIMERO: CON LUGAR el Recurso de Hecho interpuesto por el abogado Rafael Enrique Bonilla Gutiérrez, inscrito en el I.P.S.A 13.117, apoderado judicial de la ciudadana Betty Esperanza Adame Gamboa, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V- 11.108.022, contra el auto de fecha 02 de junio de 2017 dictado por el Juez Primero de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
SEGUNDO: Se revoca el auto de fecha 02 de junio de 2017 dictado por el Juez Primero de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, que negó la apelación interpuesta.
TERCERO: Se ordena al Juez Pr.....