Primero: Decreta el Ejecútese de la sanción impuesta en fecha 29 de junio de 2015, por el Juzgado de Primera Instancia en Función de Control Número Tres de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del estado Táchira; mediante la cual los jóvenes OMITIDO CONFORME AL ARTICULO 545 DE LA LOPNNA, por la comisión de los delitos de POSESIÓN DE ARMA DE FUEGO, previsto en el artículo 111 de la Ley para el Desarme y Control de Armas y Municiones, DETENTACIÓN DE MUNICIONES, previsto en el artículo 277 del Código Penal y ROBO AGRAVADO EN GRADO DE TENTATIVA, previsto en el articulo 458 en concordancia con el artículo 80 del Código Penal, y OMITIDO CONFORME AL ARTICULO 545 DE LA LOPNNA, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE TENTATIVA, previsto en el artículo 458 en concordancia con el articulo 80 del Código Penal; fueron sancionados a cumplir las medidas de LIBERTAD ASISTIDA por el lapso de UN (01) AÑO Y CUATRO (04) MESES y sucesivamente la medida de REGLAS DE COND.....